¿Qué necesito para efectuar la renovación/confirmación de la inscripción padronal?

Información General

Este trámite debe ser efectuado por todos los extranjeros (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios, además de los extracomunitarios), que figuren inscritos en el Padrón Municipal.

Se realizará cada 2 o 5 años, en función del documento de identidad que ostente el interesado:

Los extranjeros identificados con pasaporte extracomunitario o en posesión de Tarjeta de Residencia Temporal, cada 2 años.

Los extranjeros comunitarios y aquellos extracomunitarios en posesión de Tarjeta de Residencia Permanente, cada 5 años.

Documentación Requerida

Mayores de edad: Mediante presentación del Documento de Identidad, pudiéndose realizar por el propio interesado o a través de representante debidamente acreditado mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
Menores de edad: Mediante presentación del Documento de Identidad del Interesado, debiéndose realizar por los padres, por el progenitor custodio (en su caso) o, en su defecto, por sus representantes legales, circunstancia que se acreditará debidamente mediante la aportación del correspondiente documento .