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CONVOCATORIA DEL IX CONCURSO DÍA INTERNACIONAL CONTRA EL USO INDEBIDO Y TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Y ADICCIONES,
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Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 1 de diciembre. De Aprobación de la propuesta de acuerdo provisional de concesión de subvenciones a las Federaciones de Asociaciones de Vecinos para el año 2023 por importe total de 6.750,00 €
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Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 27 de noviembre, de Aprobación de la propuesta de acuerdo provisional de concesión de subvenciones, relativa a la Convocatoria de Subvenciones a Asociaciones de Vecinos y Federaciones de Asociaciones de Vecinos para el año 2023 por importe total de 60.000,00 €.
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Aprobación de la propuesta de acuerdo de concesión definitiva de subvenciones relativa a la Convocatoria de Subvenciones en materia de integración de las personas con problemas de drogodependencias correspondiente al ejercicio 2023, por importe total de 20.000,00 €
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RECTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN SESIÓN DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023, SOBRE APROBACIÓN DE LA PROPUESTA DE ACUERDO PROVISIONAL DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON PROBLEMAS DE DROGODEPENDENCIAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2023, POR IMPORTE TOTAL DE 20.000,00 €, COMO CONSECUENCIA DE ERROR EN LA PROPUESTA
APROBACIÓN PROVISIONAL DE LOS CENSOS ELECTORALES DE LAS ASOCIACIONES INSCRITAS EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES CIUDADANAS.
Consulta aquí hasta el día 24 de mayo, si tu asociación está inscrita para participar en las próximas elecciones a las Juntas Municipales de Distrito.
El plazo para las alegaciones será de siete días naturales, el cual comienza el 18 de mayo y finaliza el 24 de mayo, ambos inclusive.
- Las alegaciones serán remitidas por correo electrónico a la dirección «participacionciudadana@aytoalmeria.es»
Participación Ciudadana
REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES CIUDADAS
La finalidad del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Almería es conseguir una adecuada organización del asociacionismo. Par ello se marca dos objetivos principales:
a) Reconocer a las Entidades inscritas y garantizarles, en el ámbito municipal, el ejercicio de los derechos reconocidos en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, sin perjuicio de los ficheros de entidades establecidos, o que se puedan establecer, en otros servicios municipales.
b) Proporcionar al Ayuntamiento los datos más importantes de las Entidades registradas, así como su representatividad, grado de interés o la utilidad ciudadana de sus actividades, y la composición de sus órganos de gobierno.
En el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas pueden inscribirse, todas aquellas Asociaciones, Federaciones, Fundaciones, Confederaciones o Uniones de Asociaciones, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Entidades de carácter asociativo, sin ánimo de lucro, constituidas con arreglo al régimen general de las Asociaciones que establece la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, y la Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía, o entidades de carácter fundacional sin ánimo de lucro, constituidas con arreglo a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
b) Estar inscritas en los correspondientes Registros Públicos.
c) Tener su sede o delegación en el municipio de Almería.
d) El objeto social, de acuerdo con sus estatutos, debe orientarse a la defensa, representación y promoción de los intereses generales, o sectoriales, de los ciudadanos de Almería.
e) Disponer de presupuestos propios.
f) Los objetivos y naturaleza de la asociación deben hacerse constar de manera clara, especificando, en el caso de objetivos mixtos, si se trata de objetivos: vecinales, culturales, deportivas, de jóvenes, etc. y el ámbito territorial de su actuación.
g) Las asociaciones de vecinos deben circunscribirse a un barrio determinado.
CENTROS VECINALES
Los Centros vecinales serán destinados al cumplimiento de los siguientes fines:
- Promover la participación ciudadana del barrio en todos aquellos asuntos que se estimen de interés para la comunidad.
- Favorecer la convivencia en el barrio de todas las asociaciones que estén vinculadas al mismo.
- Facilitar la utilización del Centro a todas las asociaciones legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Municipio de Almería. Para los usos a) y b) del art. 4 tendrán que acreditar su implantación en el barrio, como mínimo durante dos años, a la vista de su trayectoria y de los proyectos realizados.
Serán funciones del Centro:
a) Desarrollar actividades y programas encaminados a la plena participación de la ciudadanía.
b) Orientar y coordinar los programas y actividades de los diversos colectivos del barrio.
c) Crear y desarrollar canales de información y comunicación entre los diversos colectivos y asociaciones, la ciudadanía del barrio y las diferentes Administraciones públicas.
d) Ser sede, en su caso, de la Junta Municipal de Distrito o de otros servicios desconcentrados.
e) Y, en especial, deberán facilitar e impulsar el asociacionismo, actividades de interés social y potenciar la vecindad y convivencia integradora de todos los vecinos del barrio independientemente de su raza, religión, sexo o ideología.
DOCUMENTACIÓN
Actualización Febrero 2021
Asociaciones
Federaciones