PADRÓN DE HABITANTES

Certificado ordinario de empadronamiento

CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO INDIVIDUAL
  1. MEDIANTE SEDE ELECTRÓNICA, con certificado electrónico, pinche AQUÍ.(Obtención EN EL ACTO).
  2. DE FORMA PRESENCIAL EN EL ACTO, mediante comparecencia en cualquier Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Almería, así como en las dependencias de Recursos Demográficos y Registro General, ubicadas en Plaza de la Constitución.

    De comparecer la persona Interesada, deberá portar el documento acreditativo de su identidad, original y en vigor.

    En el caso de actuar mediante Representante, deberá aportar la AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS, así como documentación de identidad original de todas ellas.


CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO FAMILIAR
  1. MEDIANTE SEDE ELECTRÓNICA, (NO SE OBTIENE EN EL ACTO), a través de INSTANCIA GENÉRICA.

Junto a dicha Instancia de solicitud deberá adjuntarse Documentación acreditativa de la identidad de todos los miembros de la unidad familiar, así como autorización por escrito de los mayores de edad. Pinche AQUÍ.

EL PLAZO DE EXPEDICIÓN SERÁ EL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 21.3 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
 

  1. DE FORMA PRESENCIA, EN EL ACTO, mediante comparecencia en cualquier Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Almería, así como en las dependencias de Recursos Demográficos y Registro General, ubicadas en Plaza de la Constitución.


    El Solicitante deberá aportar documento acreditativo de su identidad, original y en vigor, así como AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS, así como documentación de identidad original de todas ellas.
     

Unidad tramitadora

Unidad de Recursos Demográficos y Sección de Registro y Atención Ciudadana.

Lugar de solicitud

  • Unidad de Recursos Demográficos, Registro General del Ayuntamiento de Almería, oficinas periféricas municipales.
  • Sede Electrónica.

Otra información de interés:

  • Para los menores no emancipados y personas incapacitadas, documentación de identidad de la persona interesada y de sus progenitores o tutores legales.
  • A fin de obtener el Certificado de empadronamiento de un menor por parte del progenitor que no ostente la guarda y custodia del mismo, éste deberá identificarse con su Documento de Identidad, así como aportar Sentencia Judicial que manifieste dicha situación y Libro de Familia.
  • EL PLAZO DE EXPEDICIÓN SERÁ EL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 21.3 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.