Actuaciones incluidas en el art. 138 d de la Ley 7/2021 de 1 diciembre LISTA:
La ocupación o utilización de las edificaciones o instalaciones amparadas en licencia previa o declaración responsable de obras, siempre que se encuentren terminadas y ajustadas a estas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación.
Documentación necesaria
• Documentación que acredite la personalidad del declarante o la representación que ostenta.
• Documento justificativo de la liquidación definitiva del ICIO sobre la cuota diferencial liquidada inicialmente en caso de modificación de obras, conforme a Ordenanza Fiscal.
• Certificado final de obras e instalaciones en el que conste: la efectiva y completa finalización de las obras y que se ajustan a la documentación técnica aportada con la solicitud de licencia o declaración responsable presentada en su día para ejecutar las obras; que las instalaciones cumplen las condiciones exigibles por las normas que les son aplicables y que se han realizado las pruebas y ensayos previstos en las mismas y reglamentos que les afectan; así como que el edificio o instalación se halla dispuesto para su adecuada utilización.