Reservas de temporada de instalaciones deportivas municipales. Trámite de audiencia.
27 de Noviembre del 2025
Se hace público el Informe de Entidades Admitidas y Excluidas correspondiente a la Convocatoria para la Reserva de Temporada de las Instalaciones Deportivas Municipales para el Desarrollo de Programas Deportivos por Entidades Deportivas sin Ánimo de Lucro.
De conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, se concede a las entidades interesadas un trámite de audiencia de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones o documentación que estimen oportunas.
Finalizado dicho plazo, la Vicepresidencia del Patronato Municipal de Deportes dictará la resolución definitiva de autorización de horas, que será publicada en este mismo tablón, conforme al artículo 45 de la Ley 39/2015.
En caso de que una entidad no haya cumplido con la obligación de actualizar la base de datos de deportistas en el plazo establecido, se considerará que desiste de su solicitud y se reducirá el número de horas autorizadas correspondientes.