Competencias del Área

1.- La tramitación de los expedientes de contratación y de los procedimientos de adjudicación inclusive la formalización, de los contratos administrativos de obras, concesión de obra pública, gestión de servicios públicos, servicios y el contrato de suministro eléctrico a dependencias municipales, así como los contratos de colaboración entre el sector público y el privado que deba celebrar el Ayuntamiento de Almería independientemente de su cuantía y con las excepciones que más adelante se señalarán.
2.- La tramitación de los expedientes de contratación y de los procedimientos de adjudicación, inclusive la formalización, de los contratos administrativos especiales definidos en el artículo 19,1b) del TRLCSP que deba celebrar el Ayuntamiento de Almería, independientemente de su cuantía y con las excepciones que mas adelante se señalarán.
3.- La tramitación de los expedientes de contratación y de los procedimientos de adjudicación, inclusive la formalización, de los contratos privados definidos en el artículo 20,1 del TRLCSP que deba celebrar el Ayuntamiento de Almería, independientemente de su cuantía y con las excepciones que mas adelante se señalarán.
4.- La tramitación de los recursos especiales en materia de contratación que se interpongan contra los actos administrativos previstos en el art. 40 del TRLCSP que se dicten en la fase de preparación y adjudicación de los contratos tramitados por el Servicio de Contratación.
5.- La tramitación de los recursos administrativos que se interpongan contra los actos administrativos que se dicten en la fase de preparación y adjudicación de los contratos tramitados por el Servicio de Contratación.
6.-La normalización de los procedimientos de contratación en sus distintas fases: preparación, adjudicación, ejecución y extinción; la unificación de criterios en materia de contratación y para la implementación en los distintos procedimientos de contratación de las medidas a adoptar como consecuencia de cambios normativos. Dichas competencias se extenderán a todos los procedimientos de contratación que tramite el Ayuntamiento de Almería y sus Organismos Autónomos, sea cual sea la naturaleza del contrato a celebrar, el procedimiento de adjudicación empleado y la cuantía del contrato.
7.- Remisión a la Cámara de Cuentas de Andalucía (a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales) y al Registro Público de Contratos del Sector Público de la Junta consultiva de contratación Administrativa del Estado de la información relativa a los contratos adjudicados por el Ayuntamiento de Almería, a excepción de sus Organismos Autónomos (Gerencia Municipal de Urbanismo y Patronato Municipal de Deportes).
8.- La inserción en el Portal de Transparencia de la totalidad de los contratos que celebre el Ayuntamiento de Almería y de la información relativa a los mismo, independientemente de que su tramitación corresponda o no al Servicio de contratación.
9.-La realización de los trámites necesarios para materializar la adhesión del Ayuntamiento de Almería a la Plataforma de Contratación del Sector Público y la coordinación de las relaciones con los órganos gestores de la misma, una vez finalizado el procedimiento de adhesión.
10.-Cualesquiera otras que en materia de contratación le atribuyan los distintos órganos municipales de las cuales ,en su momento, se dará el debido conocimiento a las distintas delegaciones de área.