TUS PREGUNTAS

En esta sección puedes encontrar las preguntas que más nos realizan, esperamos que también puedan serte de ayuda.

¿Para qué actividades se necesita autorización del Ayuntamiento de Almería?
  • Actividades promocionales que no impliquen venta directa.
  • Ocupaciones de la vía pública con carácter estático.
  • Exposiciones, eventos y ferias sin ánimo de lucro.
  • Incidencias de peatones sobre la vía pública en actividades culturales, religiosas, lúdicas, etc.
¿En qué caso debe solicitarse autorización al Ayuntamiento de Almería?
    Se solicitará autorización al Ayuntamiento de Almería para todas aquellas ocupaciones temporales de la vía pública por eventos que:

  • No estén afectadas por la Ley Orgánica 9/1983, reguladora de derecho de reunión.
  • No se encuentren incluidas en zona marítimo-terrestre.
  • No estén afectadas por autorizaciones comerciales.
¿Puede alguien aparcar en zona de residentes sin haber obtenido la tarjeta?

Sí, las personas con movilidad reducida podrán estacionar en zona regulada sin necesidad de abonar la tasa correspondiente y sin límite de tiempo, siempre que sea para uso de la persona con discapacidad titular de la tarjeta y siempre que los vehículos exhiban en lugar totalmente visible la autorización especial municipal y la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, otorgada por cualquier Administración autonómica.

¿Quién tiene la condición de residente?

Tienen la condición de residentes las personas físicas, excluyéndose las jurídicas en todo caso, que tengan su domicilio conforme al Padrón Municipal de Habitantes en alguna de las vías relacionadas en el Anexo I de la Ordenanza reguladora de vías de estacionamiento limitado, sean titulares o conductores habituales del vehículo para el que se solicita el distintivo y estén al corriente en las obligaciones tributarias municipales

¿Cuáles son los requisitos necesarios para solicitar permiso de armas de 4ª categoría?
  • Fotocopia compulsada del DNI, NIF o NIE del solicitante. En caso de un menor (14-17 años) se precisa autorización de quien o quienes ostenten la patria potestad o tutela, con fotocopia compulsada de sus DNI.
  • Certificado de antecedentes penales. En caso de menor se referirá a quien o quienes ostenten la patria potestad o tutela.
  • Certificado de aptitudes psicofísicas del solicitante.
  • Declaración complementaria del certificado de antecedentes penales. En el caso de un menor se referirá a quien o quienes ostenten la patria potestad o tutela.
  • Fotocopia compulsada de la factura de compra, con los requisitos reglamentariamente establecidos (RD 1496/2003, de 28 de noviembre), que deberá contener marca, modelo, tipo, categoría, calibre y número de serie).
  • En el caso de armas lúdico-deportivas de "airsoft" o "paintball", el interesado deberá aportar documento acreditativo, expedido por armero autorizado, donde conste la marca, el modelo, nº de troquelado y categoría (4.1 o 4.2).
  • Tres ejemplares de tarjeta de arma modelo AV-5 (amarillas) y dos ejemplares de la tarjeta modelo F-5 (blanca), todas debidamente cumplimentadas y firmadas por el titular del arma.

En el caso de solicitud de renovación de autorización de armas, habrá que aportar fotocopia de la tarjeta anterior.

¿En qué caso debe solicitarse autorización a la Subdelegación del Gobierno?

Según establece la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, la celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo, y treinta como máximo. Si se tratase de personas jurídicas la comunicación deberá hacerse por su representantes.

¿Cuáles son las tarifas y bonos vigentes para viajar en autobús?

La tarifa ordinaria, IVA incluido, es de 1,05 €.
Los bonos vigentes son los siguientes (IVA incluido):
Bono Bus (10 viajes) …............................................... 7,40 €.
Bono Bus Universidad (10 viajes) .............................. 5,55 €.
Tarjeta mensual libre uso …........................................ 32,55 €.
Tarjeta mensual estudiantes libre uso …..................... 27,60 €.
Billetes especiales (transbordos y otros eventos) …... 1,30 €.
Bono Bus pensionista (10 viajes) …............................ 2,90 €.
Tarjeta mensual “Estudiantes 10” libre uso …............. 11,90 €.
Tarjeta mayores de 65 años …...................................... 0 €.
Tarjeta discapacitados ….............................................. 0 €.

¿Cuáles son las líneas o servicios del autobús urbano de Almería?

Línea 1, Casco Histórico.
Línea 2, Centro-Torrecárdenas.
Línea 3, Torrecárdenas-Nueva Almería.
Línea 4, Torrecárdenas-La Goleta-Universidad.
Línea 5, Rambla-Centro Comercial-Villablanca,
Línea 6, Pescadería-Centro-Molinos/Puche.
Línea 7, Piedras Redondas-Cortijo Grande.
Línea 11, Zapillo-Universidad-Nueva Andalucía.
Línea 12, Nueva Andalucía-Universidad-Zapillo.
Línea 15, Hospital “El Toyo”-Universidad.
Línea 18, Torrecárdenas-Costacabana.
Línea 20, Almería-Cañada-Alquián.
Línea 21, Hospital “El Toyo”-Cuevas de los Medinas.
Línea 30, Almería-Aeropuerto-Alquián-Retamar El Toyo.
Línea 31, Almería a Residencial Alborán-Directo.
Línea T1, Tren Turístico.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para su solicitud?

Para obtener la tarjeta de residente los interesados deberán presentar la oportuna instancia en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Almería, debiendo acompañar la siguiente documentación:

  • Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de residencia. El domicilio de empadronamiento deberá coincidir con el reflejado en el permiso de circulación del vehículo.
  • Fotocopia compulsada del permiso de circulación en el que conste el mismo domicilio para el que se solicita la tarjeta.
  • Fotocopia compulsada del último recibo pagado del seguro del vehículo.
  • Fotocopia compulsada de la ficha técnica y de la ITV del vehículo.
  • Fotocopia compulsada del último recibo pagado del Impuesto de Vehículo de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Almería.
  • Fotocopia compulsada del permiso de conducir B-1.

Además de esta documentación, los servicios administrativos del Área de Seguridad, Movilidad y Plan Estratégico comprobarán, de oficio, que el solicitante cumple los requisitos señalados en el artículo 6 de la Ordenanza Reguladora de Vías de Estacionamiento Limitado y podrán exigir al interesado que aporte cuantos documentos estime convenientes para acreditar cualquier extremo que no aparezca debidamente justificado y comprobar cualquiera de las circunstancias y requisitos establecidos para el otorgamiento de la tarjetas de residentes, procediendo a la desestimación de las solicitudes que no cumplan con todos los requisitos.

¿Qué es una tarjeta de residente?

La tarjeta de residente es un documento que da derecho, previa autorización municipal, al usuario de un vehículo a estacionar únicamente en su zona de residencia, especificándose en cada una de las tarjetas las calles en las que se puede aparcar, y siempre que se haya abonado la tarifa de residente aprobada en la correspondiente Ordenanza Fiscal y se exhiba en la parte interior del parabrisas, totalmente visible desde el exterior.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para solicitar una reserva de espacio para carga y descarga?
  • Fotocopia compulsada del DNI
  • Acreditación de la representación, cuando se actúe en nombre de otra persona
  • Cuando se trate de personas jurídicas, deberá presentarse fotocopia compulsada de la escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil y del CIF de la Sociedad
  • Plano de situación de la reserva de espacio solicitada, con dimensiones de aceras y calzadas
  • Metros lineales necesarios
  • Licencia de apertura del local
  • Alta en licencia fiscal
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas
  • Fotocopia compulsada del Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal
  • Memoria justificativa de la necesidad debidamente firmada
  • Acreditación del pago de la tasa para la concesión de licencia de reserva de espacio, que se abonará una vez informada favorablemente la misma
¿En qué casos puede solicitarse una reserva de espacio en la vía pública?

Cualquier persona puede solicitar esta reserva, que quedará condicionada al informe, favorable o desfavorable, que emita la Policía Local, y al informe que, en base a este, emita el Técnico municipal competente.

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