BAJA POR CAMBIO DE RESIDENCIA

El ciudadano de nacionalidad Española no deberá efectuar trámite alguno en el Municipio de origen; Mediante el intercambio de datos con el Instituto Nacional de Estadística, el Ayuntamiento de Almería cursará la baja en la inscripción padronal de todo vecino que se inscriba en cualquier otro Municipio, así como en los Consulados de España en el extranjero.

 

ATENCIÓN

En el caso de Ciudadanos Extranjeros que abandonen el territorio nacional estos deberán solicitar, PERSONALMENTE, la baja de su inscripción padronal a través del Registro General del Ayuntamiento de Almería así como en las Oficinas Periféricas Municipales.

A tal fin deberá presentarse escrito de solicitud (modelo genérico) disponible para su descarga, siendo preciso acompañar de Documento de Identidad ORIGINAL Y EN VIGOR.

Unidad tramitadora

Unidad de Recursos Demográficos

Descarga de documentos

SOLICITUD GENÉRICA REGISTRO

SOLICITUD GENÉRICA REGISTRO

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