TUS PREGUNTAS

En esta sección puedes encontrar las preguntas que más nos realizan, esperamos que también puedan serte de ayuda.

¿Dónde se pueden efectuar los trámites padronales?

UNIDAD DE RECURSOS DEMOGRÁFICOS

Plaza de la Constitución, S/N

04003 - Almería

Horario de Atención al Público: Todos los días hábiles de 9:00 a 13:00 horas.

 

OFICINA PERIFÉRICA DE LA CAÑADA 

Ctra. Sacramento esquina c/ Argadillo (Edf. municipal de usos múltiples)

04120 - La Cañada (Almería)

Horario de Atención al Público: Todos los días hábiles de 9:00 a 14:00

 

OFICINA PERIFÉRICA DE NUEVA ANDALUCÍA

Plaza de Nueva Andalucía nº 1

04006 - Almería

Horario de Atención al Público: Todos los días hábiles de 9:00 a 14:00

 

OFICINA PERIFÉRICA DE CIUDAD JARDÍN

Plaza de Colón nº 17

04007 - Almería

Horario de Atención al Público: Todos los días hábiles de 9:00 a 14:00

 

OFICINA PERIFÉRICA DE LOS ÁNGELES (CERRADA HASTA NUEVA ORDEN)

Calle Ópalo s/n, Planta Baja, Puerta 1. (Centro de Servicios Sociales Rambla Belén-Amatisteros.

04008 - Almería

Horario de Atención al Público: Todos los días hábiles de 9:00 a 14:00

 

OFICINA PERIFÉRICA DE EL ALQUIÁN

Calle Cántico nº 1

04130 - El Alquián (Almería)

Horario de Atención al Público: Todos los días hábiles de 9:00 a 14:00

 

OFICINA PERIFÉRICA DE CABO DE GATA

Calle San Francisco de Asís nº 11

04150 - Cabo de Gata (Almería)

Horario de Atención al Público: Martes de 9:00 a 14:00

 

EL HORARIO DE VERANO, NAVIDAD Y SEMANA SANTA DE LAS OFICINAS PERIFÉRICAS MUNICIPALES SERÁ DE 9:00 A 13:00 HORAS.

¿Qué necesito para efectuar la renovación/confirmación de la inscripción padronal?

Información General

Este trámite debe ser efectuado por todos los extranjeros (Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta de residencia de régimen comunitario por ser familiares de comunitarios, además de los extracomunitarios), que figuren inscritos en el Padrón Municipal.

Se realizará cada 2 o 5 años, en función del documento de identidad que ostente el interesado:

Los extranjeros identificados con pasaporte extracomunitario o en posesión de Tarjeta de Residencia Temporal, cada 2 años.

Los extranjeros comunitarios y aquellos extracomunitarios en posesión de Tarjeta de Residencia Permanente, cada 5 años.

 

Documentación Requerida

Mayores de edad: Mediante presentación del Documento de Identidad, pudiéndose realizar por el propio interesado o a través de representante debidamente acreditado mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia (apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente). 

Menores de edad: Mediante presentación del Documento de Identidad del Interesado, debiéndose realizar por los padres, por el progenitor custodio (en su caso) o, en su defecto, por sus representantes legales, circunstancia que se acreditará debidamente mediante la aportación del correspondiente documento .

 

 

¿Cómo efectuar una modificación de datos personales o de la vivienda?

Información General

Su finalidad es proceder a la modificación de cualquiera de los datos existentes en el Padrón Municipal, bien se trate de un dato personal que afecte al vecino (nombre/apellidos, nº de identificación, nacionalidad, etc),  o cualquiera de los referentes a la dirección de la vivienda.

 

Documentación Requerida

Podrá ser efectuado por el interesado o por representante debidamente acreditado mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.  (apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente).

Se deberá aportar, así mismo, toda aquella documentación que se estime oportuna y que constituya prueba de la modificación que se plantee efectuar. Esta documentación será analizada por el gestor padronal y, en caso de ser suficiente, se procederá a la modificación.

 

PROGRAMAS E INICIATIVAS

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