Competencias del Área

Como consecuencia de la aplicación de las determinaciones contenidas en el Título X de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, añadido por la Ley 57/2003, de 16 de Diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, y el Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Almería, se crea el Órgano de Gestión Tributaria, responsable de ejercer como propias las competencias que a la Administración Tributaria Local le atribuye la legislación tributaria.

Corresponden a este Órgano las siguientes competencias:

a) La gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios municipales.

b) La recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del ayuntamiento.

c) La tramitación y resolución de los expedientes sancionadores tributarios relativos a los tributos cuya competencia gestora tenga atribuida.

d) El análisis y diseño de la política global de ingresos públicos en lo relativo al sistema tributario municipal.

e) La propuesta, elaboración e interpretación de las normas tributarias propias del ayuntamiento.

f) El seguimiento y la ordenación de la ejecución del presupuesto de ingresos en lo relativo a ingresos tributarios.

g) La recaudación voluntaria de los demás ingresos de derecho público del ayuntamiento, en los términos previstos en las Bases de Ejecución del Presupuesto.

h) La gestión de las multas de tráfico cuya tramitación sea competencia del Ayuntamiento de Almería, así como su recaudación en periodo voluntario y ejecutivo.