IEE (INFORME EVALUACIÓN EDIFICIOS)
ORDENANZA REGULADORA DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS
(BOP de 22/05/2014)
Obligados: Están obligados a efectuar el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) los propietarios del mismo. (art. 2)
Formas y plazo de presentación: el IEE deberá presentarse en el plazo máximo de CINCO años a contar desde la fecha en que el edificio cumpla 50 años de antigüedad.
Documentos IEE: