IEE (INFORME EVALUACIÓN EDIFICIOS)

ORDENANZA REGULADORA DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS

(BOP de 22/05/2014)

Obligados: Están obligados a efectuar el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) los propietarios del mismo. (art. 2)

Formas y plazo de presentación: el IEE deberá presentarse en el plazo máximo de CINCO años a contar desde la fecha en que el edificio cumpla 50 años de antigüedad.

Documentos IEE: